Regla de profundidad
Regla que relaciona la profundidad a la que se encuentra un cuerpo con un rasgo de forma anómala. Las reglas de profundidad aplican específicamente para fuentes cuyas formas corresponden a una anomalía dada; ver Figura D-10.
1. Las reglas utilizadas en interpretación gravimétrica incluyen (a) regla del semi-ancho (siendo el semi-ancho la mitad del ancho dada la mitad de la amplitud de la anomalía): para masas puntuales: profundidad=1.3 semi-ancho, y para masas lineales horizontales: profundidad=semi-ancho. (b) Para placas delgadas semi-infinitas y fallas: la mitad del ancho entre puntos donde la anomalía es un cuarto y tres cuartos de la amplitud (ver Figura H-1).
2. Las reglas utilizadas en la interpretación magnética incluyen (a) la regla de medición de la pendiente de la recta (ver); (b) la regla Peter para diques: profundidad=5/8 de la distancia horizontal entre puntos donde la pendiente es la mitad de la pendiente máxima; (c) la regla Tiburg para polos magnéticos: profundidad=2/3 de la distancia horizontal a la mitad de la amplitud máxima; (d) la regla Hannel para polos magnéticos: profundidad=mitad de la distancia horizontal a un tercio de la máxima amplitud; (e) la regla Thalen: la profundidad de una fuente magnética es 0.7 de la distancia horizontal entre la máxima y la mínima; y otras reglas similares. Ver también estimación de profundidad automatizada y espectro de potencia radial.
